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“Voto por voto” en mil 254 casillas en elección Mocken contra Cabada

La Asamblea Municipal Electoral, realizará el reconteo de “voto por voto” en mil 254 casillas de 1992 urnas para la elección a alcalde en Ciudad Juárez al caer en los supuestos de la ley.

Por: Redacción 03 Julio 2018 21:25

En documento de prensa explica que luego de una reunión de mesa de trabajo donde participaron los consejeros y representantes de los partidos determinaron contabilizar el número urnas, boleta por boleta  de la siguiente manera

Para elección:

Ayuntamiento, 1254 casillas 

Síndico,  1193 casillas 

Diputación Distrito 02, 132 casillas 

Diputación Distrito 03, 130 casillas 

Diputación Distrito 04, 169 casillas 

Diputación Distrito 05, 222 casillas 

Diputación Distrito 06, 138 casillas 

Diputación Distrito 07, 127 casillas 

Diputación Distrito 08, 113 casillas 

Diputación Distrito 09, 118 casillas 

Diputación Distrito 10, 121 casillas 

El anterior número de casillas que abrirá mañana a partir de las 08:00 horas lo determinó por medio del Sistema de Registro de Actas, procedimiento a través del cual se identificó aquellas casillas cuya votación podría ser objeto de recuento de votos por las diferentes causales que manda la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en los siguientes apartados:


Artículo 183

1) El cómputo en las asambleas municipales, se desarrollará conforme al siguiente procedimiento:

a) Se computarán, en primer término, las actas relativas a los paquetes que contengan los expedientes de la elección que no tengan muestras de alteración, siguiendo progresivamente de menor a mayor el orden numérico de las casillas. Después, y en el mismo orden, se computarán las actas relacionadas con paquetes que muestran huellas de violación, asentando esta circunstancia. Al final, se computarán las casillas especiales.

b) Al inicio del cómputo de cada casilla, se debe hacer constar la hora en que fue recibido el paquete electoral por la asamblea municipal respectiva.

2) Se procederá a cotejar los resultados de las actas, que por separado y en sobre adherido en el exterior del paquete electoral, hubieren remitido los presidentes de casilla al Consejero Presidente, con los contenidos en las actas que presenten los representantes de los partidos políticos y coaliciones, y si coinciden se computarán.


Artículo 184

1) La asamblea municipal deberá realizar nuevamente el escrutinio y cómputo de una casilla en los siguientes casos:


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