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Obtiene PGR inconstitucionalidad en ley de justicia alternativa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la acción de inconstitucionalidad que promovió la procuradora Arely Gómez González en la ley de Justicia Alternativa.

Por: Carlos Díaz Gutiérrez 14 Octubre 2016 10:34

Fue la acción 90/2015 contra del artículo 5°, fracciones IV, IV bis y V de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), publicado en la gaceta oficial local el 20 de agosto de 2015.

La Suprema Corte fue favorable a los planteamientos de la Procuraduría General de la República.

Lo anterior en base a que en la demanda cuestionaron que el artículo 5°, fracciones IV y IV bis y V de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), contraviene la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para legislar en materias de mecanismos alternativos de solución de controversias y de justicia penal para menores y adolescentes.

Derivado de lo anterior, el Pleno de la SCJN declaró la invalidez del artículo 5°, fracciones IV, IV bis y V de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México).

De esta manera, con la promoción oportuna de la acción de inconstitucionalidad 90/2015 y su resolución, se reitera el compromiso de la PGR de ser garante de contribuir a la unificación de la legislación procesal penal y de la regularidad constitucional en el país, así como con la correcta implementación del sistema de justicia penal para menores y adolescentes.


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