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Senado aprueba ampliación de plazo en apagón analógico

El Senado aplazó por un año el apagón analógico a televisoras públicas, hasta el 31 de diciembre de 2016.

Por: Redaccion 01 Diciembre 2015 09:50

Las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes; Radio, Televisión y Cinematografía; y de Estudios Legislativos aprobaron el proyecto de decreto que amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2016 para que los permisionarios o concesionarios de radiodifusión de uso público y social, incluyendo los comunitarios e indígenas, puedan concretar la transición digital.

En el dictamen se explica que está previsto que sea discutido y votado en el pleno en la sesión de este martes, que los medios públicos que no estén en posibilidad de iniciar transmisiones digitales al 31 de diciembre de 2015, con antelación a esa fecha, den aviso al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para que les autorice la suspensión temporal de transmisiones y con ello evitar las sanciones respectivas y la consecuente revocación del permiso o concesión.

Además, propone garantizar la continuidad del servicio público para la televisión de baja potencia, ya que el IFT deberá implementar un programa para que la población continúe recibiendo el servicio público de interés general, en tanto las estaciones de televisión inician transmisiones digitales o se alcanzan los niveles de penetración establecidos.

Con ello, se menciona en el documento aprobado, “se da cauce a las inquietudes de los medios públicos ante la cercanía del apagón analógico y la imposibilidad de muchos de ellos de cumplir con la transición digital”; además de garantizar la pluralidad de contenidos culturales, educativos y científicos.

El dictamen modifica el artículo Décimo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expiden La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

Plantea que aquellos permisionarios o concesionarios de uso público y social, incluyendo los comunitarios e indígenas que presten el servicio de radiodifusión que no estén en condiciones de iniciar transmisiones digitales al 31 de diciembre de 2015, deberán, con antelación a esa fecha, dar aviso al Instituto Federal de Telecomunicaciones para que se les autorice la suspensión temporal de sus transmisiones, en los términos previstos en el artículo 157 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.




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