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Fiscalía de Chihuahua, líder en intervención ilegal de celulares

La Red de Defensa de los Derechos Digitales (R3D) presentó informe de fiscalías de doce estados intervinieron ilegalmente celulares, con Chihuahua como líder en intervenir GPS entre 2013 y 2015.

Por: Carlos Díaz Gutiérrez 29 Noviembre 2016 11:10

La estadística que pone líder al estado es en la intervención de GPS en tiempo real. Es decir, con software -que el informe considera ilegal en su uso- sabía precisamente dónde estaba una persona a través de su celular.

Las intervenciones según el SAI (Solicitud de acceso a la información pública) en GPS que la Fiscalía General del Estado de Chihuahua hizo, son 2 mil 747 en el 2013, y destaca que con software propio, pues las demás fiscalías usaban en su mayoría a empresas especializadas en hackeo de celulares.

Chihuahua resalta al ser el primero en el rubro con la PGR en segundo, pero sólo con 473 casos. El tercer lugar es la Fiscalía de Veracruz con 143 casos sólamente.

Dicta el informe que “llama la atención que durante los años 2013 a 2015, la Fiscalía General del Estado de Chihuahua (FGE Chihuahua) haya sido la autoridad que, por mucho, intentó obtener la geolocalización de un dispositivo en más ocasiones. Fueron 2747 las veces en las que FGE Chihuahua envió solicitudes de geolocalización en 2013. Casi el 80% de todas las solicitudes de ese año. La FGE Chihuahua se mantuvo a la cabeza en los años 2014 y 2015, con 1941 y 1986 solicitudes respectivamente”.

Agrega que “es de resaltar que ninguna compañía reporta haber recibido una sola solicitud de la FGE Chihuahua cuando durante los años 2013 a 2015 fue la autoridad respecto de

la cual se encuentra documentada la mayor cantidad de solicitudes. Esta anomalía es

difícil de explicar y puede sugerir que la FGE Chihuahua esté llevando a cabo el monitoreo

de la geolocalización de dispositivos de comunicación a través de métodos que no

requieren la colaboración de las empresas de telecomunicaciones, lo cual, en su caso,

sería muy cuestionable desde el punto de vista legal”.

En el reporte destaca que por ley, las fiscalías y autoridades federales deben tramitar autorización de intervención a juez.

¿Quién puede llevar a cabo medidas de vigilancia?

El reporte señala que “La vaguedad e imprecisión de las leyes que contemplan medidas de vigilancia ha dado pie a diversas interpretaciones en torno a cuáles autoridades poseen facultades de vigilancia”.

El artículo 16 constitucional, sin embargo, limita el universo de autoridades competentes

de manera considerable. El párrafo decimosegundo del artículo 16 establece dos

categorías de autoridades susceptibles contar con autorización constitucional para intervenir

comunicaciones privadas: (I) autoridades federales facultadas por una ley y (II)

el titular del Ministerio Público de las entidades federativas.

En la interpretación de este precepto dentro del Amparo en Revisión 964/2015 anteriormente mencionado la SCJN ha clarificado que, del análisis de la legislación vigente,

únicamente pueden considerarse facultadas para intervenir comunicaciones privadas,

incluyendo el acceso al registro de comunicaciones, así como para llevar a cabo la geolocalización en tiempo real, a las siguientes autoridades [41]:

1. El o la titular de la Procuraduría General de la República, así como las y los

procuradores de las entidades federativas.

2. La Policía Federal.

3. El Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN).

De esta manera, cualquier autoridad distinta a las anteriormente mencionadas se encuentra

impedida legalmente de llevar a cabo medidas de vigilancia.


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