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Obligatorio, registrar drones ante Aeronáutica Civil: Inegi

Todos los drones deberán ser registrados ante el gobierno, aunque su uso involucre el ámbito personal, entretenimiento, trabajo de campo o investigación, señaló el funcionario del (Inegi),

Por: Redaccion 17 Febrero 2017 04:51

José Arturo Sánchez, subdirector de Gestión, Control y Diseminación de Datos de Percepción Remota recalcó que después de comprar algún dron el primer paso a realizar es el registro ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

"Aeronáutica Civil es quien regula cualquier tipo de objeto que vuele en el espacio aéreo mexicano, ellos poseen la circular obligatoria, la 2310R3, que te da todos y cada uno de los requisitos que debes de cumplir para poder operar tu aeronave", detalló.

Aclaró que el usuario deberá especificar el uso que le dará al dron, y en caso de requerir la aeronave no tripulada para fines científicos o colecta de información geográfica tendrá que hacer segundo registro ante el Inegi.

"El INEGI no es el que permite que vueles tu dron, el Inegi te da permiso para que ese dron lo ocupes para propósitos de colecta de información geográfica", recalcó a Notimex.

A su vez, el director general de Geografía y Medio Ambiente del INEGI, Carlos Guerrero Elemen, subrayó que el desconocimiento de la norma de Exploraciones y Levantamientos Geográficos que realizan en el territorio nacional actualizada en 2013 "no exime su cumplimiento"


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