El tiempo por Tutiempo.net
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¿Tu jefe no te permite tomar tu hora de comida? Podrían multarlo🎦

Según la Ley federal del Trabajo los patrones que no respeten la hora de comida podrán ser acreedores a una multa de 50 UMAs por empleado al que no le permitan tomar este tiempo.

Por: Redacción 19 Marzo 2026 12:49

La Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores que tengan una jornada de ocho horas, deberán tener 30 minutos para ir a comer de manera obligatoria.

En caso de que este tiempo no sea respetado, el patrón puede ser acreedor a una multa mínima de 50 UMAs, es decir 5 mil 657 pesos.

Esta sanción es por cada persona con la que se incumplió, en caso de que se hubiera negado la salida a comer a diez empleados, la cantidad de la multa sería de 56 mil 570 pesos.

Lo anterior basado en los artículos 63 y 64 de la Ley Federal del Trabajo:

Artículo 63.- Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.

Artículo 64.- Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.

 


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