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¿Las vacaciones caducan? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Aunque muchas personas creen que los días de vacaciones pueden acumularse indefinidamente, la Ley Federal del Trabajo establece plazos específicos para disfrutarlos y, en algunos casos, para reclamarlos si no fueron otorgados por el patrón. 

Por: Redacción 24 Julio 2026 15:33

De acuerdo con el artículo 81 de la legislación laboral, el empleador debe conceder las vacaciones dentro de los seis meses siguientes al aniversario laboral del trabajador. Además, está obligado a entregar una constancia anual donde se indique la antigüedad del empleado, los días de descanso que le corresponden y la fecha en que podrá disfrutarlos. 

Si el patrón no concede las vacaciones en ese plazo, el derecho del trabajador no desaparece de inmediato. La ley contempla un año adicional para exigir legalmente ese descanso, por lo que, en la práctica, existe un periodo de hasta 18 meses desde que se cumple el año de servicio para reclamar las vacaciones y la prima vacacional correspondiente. 

Una vez transcurrido ese tiempo sin ejercer el derecho, la acción para reclamar las vacaciones prescribe. Además, la Ley Federal del Trabajo señala que las vacaciones no pueden sustituirse por un pago en efectivo mientras la relación laboral continúe vigente; únicamente cuando termina el vínculo laboral procede el pago proporcional de los días no disfrutados. 

Desde la reforma de "Vacaciones Dignas", vigente desde 2023, las personas trabajadoras reciben un mínimo de 12 días de vacaciones al cumplir su primer año de servicio, cifra que aumenta conforme crece la antigüedad. Por ello, especialistas recomiendan planificar los periodos de descanso y acordar las fechas con el empleador para evitar perder el derecho a reclamarlos. 

 


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