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Aquí lo 8 puntos de la Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas

El Gobierno de México presentó el contenido de la propuesta de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, iniciativa que será sometida a consulta nacional antes de enviarse al Congreso de la Unión y que, por primera vez, establecerá un marco legal integral para garantizar los derechos colectivos de los pueblos originarios.

Por: Redacción 29 Junio 2026 08:18

Durante La Mañanera del Pueblo, el director general del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regino Montes, explicó que la iniciativa deriva de la reforma al artículo 2 constitucional publicada el 30 de septiembre de 2024 y busca reconocer a los pueblos indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

El funcionario señaló que la ley beneficiará a 69 pueblos indígenas, un pueblo afromexicano, 16 mil 728 comunidades y una población de 25.8 millones de personas, equivalente al 20.5 por ciento de la población nacional.

Destacó que la propuesta fue elaborada mediante 148 reuniones de trabajo con 35 dependencias federales, además del acompañamiento de un comité técnico asesor integrado por especialistas y del Consejo Nacional de Pueblos Indígenas.

“Después de 200 años de existencia del Estado mexicano, por fin vamos a tener una ley en la materia”, afirmó Regino Montes.

Los ocho ejes de la nueva ley

La iniciativa está integrada por ocho libros principales:

  • 1. Pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público. Reconoce su personalidad jurídica, patrimonio propio y las bases para ejercer sus facultades en coordinación con el Estado.

  • 2. Libre determinación y autonomía. Regula el ejercicio de la autonomía en los ámbitos comunitario, municipal y regional, incluyendo derechos sobre tierras, propiedad intelectual colectiva, planes de justicia y caminos artesanales.

  • 3. Pueblos y comunidades afromexicanas. Desarrolla los principios para garantizar su autonomía, inclusión y protección contra cualquier forma de discriminación o racismo.

  • 4. Derechos de mujeres, niñas, niños, adolescentes y juventudes indígenas y afromexicanas. Establece acciones afirmativas para fortalecer su participación política, acceso a la tierra y una vida libre de violencia.

  • 5. Protección a personas migrantes, adultas mayores y con discapacidad indígenas y afromexicanas. Garantiza sus derechos individuales e incorpora medidas específicas para jornaleros agrícolas, trabajadoras del hogar y trabajadores de la construcción.

  • 6. Consulta y consentimiento libre, previo e informado. Define las reglas y procedimientos para que las comunidades participen en decisiones administrativas o legislativas que puedan afectar sus derechos.

  • 7. Coordinación entre Federación, estados y municipios. Establece mecanismos para garantizar el ejercicio de derechos y la asignación directa de recursos públicos a las comunidades indígenas y afromexicanas.

  • 8. Responsabilidades, sanciones y juicio de amparo indígena y afromexicano. Crea un mecanismo para proteger derechos colectivos mediante el juicio de amparo y sancionar las violaciones cometidas contra estos pueblos.

 


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