Grave problema de baldíos; propone García Cantú multar a dueños

El diputado juarense Gabriel García Cantú propuso reformar la Ley de Asentamientos Urbanos y Desarrollo Urbano del Estado de Chihuahua para castigar a dueños que abandonen terrenos baldíos.

Por: Redacción 16 Noviembre 2021 12:45

El legislador panista propuso reformar el Artículo 190 Bis de dicha ley para obligar a tener terrenos baldíos en "óptimas condiciones", de lo contrario, multarán a los dueños en todo el estado.

La multa sería de 50 a 2 mil UMAS (4 mil 481 a 179 mil pesos) según la gravedad del caso, expone el diputado García Cantú.

Mencionó específicamente la seriedad de esto en la frontera: "En Ciudad Juárez tenemos un problema muy grave con este tipo de lugares, en campaña fue uno de los principales reclamos de los vecinos. Estos predios baldíos, son utilizados como basureros y afectan el entorno de las colonias, siendo focos de infección para los habitantes del sector".

Y también "representan peligro para las personas que tienen que caminar junto a estos baldíos, sufren de inseguridad inminente, sin contar que son una terrible cara de la ciudad, si queremos mejorar Ciudad Juárez tendrá que ser empezando por tener una ciudad segura y porque no, una ciudad bonita. Como en toda casa, tiene que haber reglas y se tienen que cumplir".

Y buscan así dotar a los municipios con estas leyes que permitan embellecer las ciudades y poblados, a la par que trae más seguridad.

Así quedaría la ley, expuso:

Artículo 190 Bis.- Los propietarios registrales o poseedores de los baldíos y/o edificaciones subutilizadas, deberán delimitar e implementar estructuras a su propiedad a fin de imposibilitar el tránsito por ellos. Asimismo están obligados a mantenerlos en óptimas condiciones de aseo y buen aspecto, tanto en el interior como en el espacio público exterior que les corresponde en su delimitación.
 
Artículo 349.-Fracción III f) A los propietarios registrales o poseedores de los baldíos y/o edificaciones subutilizadas que incumplan con lo estipulado en el artículo 190 BIS de la presente ley. Si el Estado o Municipio intervienen en la recolección de escombro o de la delimitación del baldío, se agregará a la multa el precio del servicio realizado.

Las multas aplicadas por el municipio serán de 50 a 2000 UMAS, es decir de 4,481 a 179 mil pesos más el precio del servicio que realice el municipio para dejar en óptimas condiciones la propiedad.


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