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Pena de 7 años y pago de 56 mil pesos a los abusadores: Clau presentan reforma

Desde La Mañanera del Pueblo, la Presidente de México presentó las modificaciones que realizará el Congreso Federal y tendrán que homologar los estados, en donde se modifica el tipo penal, incluye pena de hasta 7 años y multa de hasta 500 UMAS, (56 mil pesos)

Por: Redacción 25 Noviembre 2025 08:23

La secretaria de las Mujeres, Citlali Hernández Mora, presentó la reforma al Artículo 260 del Código Penal Federal para que el abuso sexual se persiga de oficio, tenga penas de tres a siete años de prisión, multas de hasta 500 UMA, y contemple nuevas agravantes.

La funcionaria explicó que el plan forma parte de la estrategia integral contra el abuso sexual instruida por la presidenta Claudia Sheinbaum, con el objetivo de facilitar la denuncia, fortalecer sanciones y homologar el delito en los 32 congresos del país. Detalló que la reforma redefine el abuso sexual como cualquier acto de naturaleza sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones explícitas.

La modificación también incorpora nuevas conductas delictivas, como obligar a la víctima a observar o ejecutar actos sexuales sobre sí o sobre otra persona, además de obligarla a exhibir su cuerpo, tanto en espacios públicos como privados.

Las penas aumentarán en una tercera parte cuando el abuso ocurra con violencia física o psicológica, en coautoría, mediante relaciones de confianza o jerarquía —laborales, educativas, religiosas, familiares o sentimentales—, cuando lo cometa una persona servidora pública o un ministro de culto, y cuando la víctima se encuentre en estado de indefensión. En el caso de servidores públicos, además de la pena de prisión, serán destituidos e inhabilitados.

 

Cambios propuestos al delito de abuso sexual (Artículo 260, Código Penal Federal)

1. Nueva definición de abuso sexual

El abuso sexual será:

  • Cualquier acto de naturaleza sexual sin consentimiento, aunque no exista intención de llegar a la cópula.

  • Se considera acto sexual:

    • Tocamientos

    • Caricias

    • Roces corporales

    • Exhibiciones

    • Representaciones sexuales explícitas

2. Se amplía el ámbito del delito

El abuso sexual puede cometerse:

  • En el ámbito público

  • En el ámbito privado

3. Nuevas conductas que serán delito

Además del contacto físico, también será abuso sexual:

  • Obligar a la víctima a observar un acto sexual.

  • Obligar a la víctima a ejecutar un acto sexual sobre sí, sobre otra persona o para un tercero.

  • Obligar a la víctima a exhibir su cuerpo.

4. Aumento de sanciones

Quien cometa este delito enfrentará:

  • 3 a 7 años de prisión

  • Multa de 200 a 500 UMA

    (entre 20,748 y 56,870 pesos aprox. con UMA 2025)

5. Nuevas obligaciones para agresores

Además de prisión y multa:

  • Talleres reeducativos con perspectiva de género.

  • Servicio comunitario orientado a prevención y cambio cultural.

6. El delito se perseguirá de oficio

Ya no será necesario que la víctima denuncie directamente para iniciar el proceso penal.

Agravantes que aumentarán la pena 

Las penas se incrementarán cuando el abuso sexual se cometa bajo cualquiera de estas circunstancias:

1. Con violencia o coerción

  • Violencia física

  • Violencia psicológica

  • Violencia moral

2. En coautoría

  • Cuando participen dos o más personas.

3. Relación de confianza o jerarquía entre víctima y agresor

Incluye relaciones:

  • Sentimentales

  • De parentesco (consanguinidad o afinidad)

  • Laborales

  • Educativas

  • Docentes

  • De formación deportiva

  • De formación artística

  • Religiosas
     

4. Cuando lo cometa una persona servidora pública

  • Aprovechando su cargo, empleo o comisión.

  • Además, la persona será destituida e inhabilitada.

5. Cuando lo cometa un ministro de culto

  • Aprovechando su función religiosa.

6. Cuando la víctima se encuentre en estado de indefensión

Ejemplos:

  • Dormida

  • Bajo efectos de sustancias

  • Niñas, niños y adolescentes

  • Personas mayores

Personas con discapacidad


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