Probable que TEPJF tumbe candidaturas solo de mujeres: Roberto Rascón🎦

Es altamente probable que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revoque los lineamientos aprobados por el Instituto Estatal Electoral (IEE) de Chihuahua, que obligan a los partidos políticos a postular únicamente mujeres a la presidencia municipal en Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava para el proceso electoral de 2027, advirtió el maestro en Derecho Electoral, Luis Roberto Rascón.

Por: Redacción 14 Octubre 2026 14:24

En un análisis en video para Tiempo.com.mx, el especialista explicó que, aunque el asunto deberá resolverse primero en el Tribunal Estatal Electoral, con toda seguridad llegará hasta la Sala Superior del TEPJF, cuyo criterio, considera, apunta a dejar sin efecto la medida.

Rascón es abogado por la Universidad Autónoma de Chihuahua, maestro en Derecho Electoral por la Escuela Judicial Electoral del TEPJF, y maestro en Justicia Constitucional por la Universidad de Castilla-La Mancha, en España. Se ha desempeñado como secretario de estudio y cuenta en el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, en la Sala Guadalajara y en la Sala Superior del TEPJF.

Explicó que las acciones afirmativas son medidas compensatorias para que grupos históricamente en desventaja, en este caso las mujeres, alcancen una igualdad real. Bajo esa lógica, el IEE determinó reservar la candidatura a la presidencia municipal para mujeres en aquellos municipios donde nunca han gobernado. Desde el punto de vista académico, dijo, celebra la decisión del Consejo Estatal.

Sin embargo, su previsión de que los lineamientos sean revocados se basa en un precedente: el juicio de la ciudadanía 1172 de 2017, en el que la Sala Superior confirmó una sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que revocó los lineamientos de paridad emitidos entonces por el IEE.

En aquel caso, precisó, se consideró que el instituto fue más allá de la norma, ya que una reforma de junio de 2017 estableció en la ley local un sistema de tres bloques de competitividad, en los que los partidos deben postular mitad mujeres y mitad hombres. Para la Sala Superior, cumplir con esa proporción dentro de cada bloque era suficiente para garantizar la paridad de género.

Añadió que aquella sentencia también estableció que la paridad debe interactuar con el principio de autodeterminación de los partidos políticos, y advirtió sobre la posible afectación al derecho de reelección de quienes se encuentren en ese supuesto.

De acuerdo con su análisis, al aplicar un examen de proporcionalidad, la medida del IEE podría tener un fin legítimo y ser idónea, pero no necesaria, debido a que ya existen los bloques de competitividad como mecanismo para garantizar que las mujeres sean postuladas con posibilidades reales de triunfo.

El especialista indicó que, hasta el momento, no ha identificado impugnaciones en contra de los lineamientos. No obstante, recordó que la Sala Superior ha reconocido el interés legítimo de los hombres que aspiran a una candidatura en esos municipios para impugnar este tipo de determinaciones.


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