Dos sujetos que obligaros a dos menores de edad a prostituirse, aprovecharon que las víctimas menores de edad salieron de sus domicilios por problemas familiares en 2014
Por: Redacción 26 Junio 2019 14:42
Lograron la sentencia por el delito de Trata a Héctor Armando Chávez Vargas, el cual recibió 21 años de cárcel y José Vargas Santillán recibió 32 años en prisión.
Los hechos se registraron desde el 26 de agosto del 2014, cuando las víctimas menores de edad, salieron de su vivienda por problemas familiares, los menores caminaban por el monumento Benito Juárez, de la avenida Vicente Guerrero, en la zona centro y fueron interceptados por dos personas.
Las víctimas fueron invitadas a quedarse con los hoy responsables en una vivienda cercana a la zona Centro, por lo que los agredidos aceptaron quedarse con ellos.
Días después, los obligaron a tener relaciones posteriormente, les dijeron que tenían que prostituirse y de las ganancias debía de compartir la mitad o de lo contrario los dejarían fuera de la vivienda.
El día 08 de septiembre de ese mismo año, fueron detenidos por elementos de seguridad pública, por escandalizar en la vía pública, en la entrevista comentaron a los agentes preventivos que los obligaban a prostituirse y debían repartir las ganancias, por lo que los agresores quedaron arrestados.
En las investigaciones del Ministerio Público, se desprende que estaban siendo sometidos en ambos delitos, violación sexual y Trata de Personas, por lo que Héctor Armando y José Vargas, solo fueron sentenciados por el delito de violación sexual a seis y cuatro años de prisión, respectivamente.
La Fiscalía recurrió al recurso de Casación por el delito de Trata, luego de que el Juez mencionó al Ministerio Público que no había suficientes elementos que probaran tal delito.
El Tribunal Colegiado de Segunda Instancia al revisar detenidamente la integración y pruebas que había presentado la Fiscalía dentro de la carpeta de investigación, determinó que si existen pruebas del delito de Trata de Personas.
Por lo anterior, el Tribunal invalidó la sentencia absolutoria que en el 2016 el Tribunal Colegiado de Juicio Oral emitió a favor de Héctor Armando y José Vargas, y reemplazó el fallo a sentencia condenatoria.




