Inhabilitan a empresa por documentos falsos de Cardiología
La empresa Galmar Proyectos Integrales recibió una multa de 171 mil 973 pesos y no podrá participar durante tres meses en nuevos procedimientos de contratación pública por presentar documentos fiscales falsos en un contrato con el Instituto Nacional de Cardiología.
Por: Redacción 15 Julio 2026 12:51
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno inhabilitó por tres meses a la empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V., y le impuso una multa de 171 mil 973 pesos por presentar información falsa en un procedimiento de adjudicación directa convocado por el Instituto Nacional de Cardiología “Ignacio Chávez”.
La sanción impide que la empresa participe, directamente o mediante intermediarios, en nuevos procedimientos de contratación o celebre contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
De acuerdo con el comunicado oficial, la irregularidad ocurrió durante la Adjudicación Directa AA-12-NCA-012NCA001-N-310-2025, correspondiente a la contratación de una capacitación sobre operación segura y mantenimiento de generadores de vapor pirotubulares.
Galmar Proyectos Integrales presentó documentos fiscales supuestamente emitidos por el Servicio de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Entre los documentos señalados se encuentran la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, la opinión de cumplimiento en materia de seguridad social y una constancia relacionada con aportaciones patronales y entero de descuentos.
La resolución fue emitida por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud.
La sanción fue notificada a la empresa el 3 de julio de 2026 y publicada el 15 de julio en el Diario Oficial de la Federación.
La compañía también fue inscrita en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, por lo que no podrá intervenir en nuevas contrataciones mientras se encuentre vigente la inhabilitación.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno indicó que la empresa tiene derecho a impugnar la resolución, aunque sostuvo que la sanción fue determinada conforme a la ley, atendiendo a la gravedad y proporcionalidad de la conducta.
La circular precisa que la inhabilitación comienza el 16 de julio de 2026, es decir, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Aunque el plazo inicial es de tres meses, la restricción continuará vigente si, al finalizar ese periodo, la empresa no ha pagado la multa.
La sanción únicamente será retirada cuando Galmar acredite el pago ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
El documento también aclara que los contratos ya adjudicados o formalizados con la empresa no serán cancelados por esta medida. La prohibición deberá ser observada por dependencias federales, empresas públicas del Estado, la Fiscalía General de la República y, cuando se utilicen recursos federales, por gobiernos estatales, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.





