Ilegal informe de AMLO en marzo; sancionarán: TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó la veda electoral por propaganda electoral durante la emisión de su informe por los primeros 100 días de su Tercer Año de Gobierno.

Por: Redacción 26 Mayo 2021 14:36

Esto es debido que el 30 de marzo, cuando fue el informe del presidente, en seis estados donde ya habían iniciado las campañas electorales: Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora.

Por unanimidad de votos, los magistrados coincidieron que el acto no se trató de un informe de labores, de los previstos en la Constitución, sino de un acto ilícito de propaganda gubernamental personalizada. Consideraron que la difusión de dicho informe, el 30 de marzo pasado, violó la veda electoral.

El evento se difundió a través de 38 emisoras de radio y televisión locales, por ello, al resolver el Recurso de Reconsideración del Procedimiento Especial Sancionador 193/2021, los magistrados resolvieron que el caso debe enviarse a la Sala Especializada del TEPJF para individualizar la sanción e imponga las consecuencias jurídicas de estos actos.

El proyecto que consideraba que el informe por los primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno sí violó el principio de neutralidad constitucional fue aprobado con unanimidad de votos, con la precisión de que los magistrados Mónica Aralí Soto Fragoso y José Luis Vargas Valdez emitieron voto concurrente.

Detallaron que la Sala Especializada debe valorar si esta acción tuvo un uso indebido de los recursos públicos y, con base en ello, imponga las medidas de apremio para evitar la repetición.


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