Modifica STPS proceso para legitimar contratos colectivos de trabajo

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) hizo ajustes al proceso para legitimar contratos colectivos de trabajo para atender las inconformidasdes de los trabajadores.

Por: Redacción 04 Febrero 2021 19:29

Según el Diario Oficial de la Federación (DOF) exponen que «derivado de la necesidad de ajustar este instrumento a las buenas prácticas de procedimientos democráticos sindicales y de protección a derechos humanos, resulta necesario establecer un procedimiento que permita atender las inconformidades de los trabajadores que se presenten con motivo de los eventos de consulta dentro de los procedimientos de legitimación de un contrato colectivo de trabajo».

Entonces, el protocolo agrega que las inconformidades podrán ser presentadas por uno o varios trabajadores, de manera escrita o electrónica, dentro del período que comprende desde la publicación de la convocatoria hasta cinco días hábiles posteriores a la celebración del último evento de consulta.

Los trabajadores cubiertos por un contrato colectivo de trabajo sujeto a legitimación podrán inconformarse ante la STPS por la existencia de irregularidades durante el procedimiento que vulneren los principios de seguridad, transparencia, confiabilidad y certeza en la votación o que afecte el derecho de emitir su voto de manera personal, libre, directa, secreta, pacífica, ágil y segura.

De acuerdo a la publicación, algunas de las acciones consideradas como irregularidades en la legitimación de contratos colectivos son, entre otras:

  • La convocatoria no fue publicada con anticipación a la fecha de la consulta.
  • Los trabajadores no recibieron un ejemplar impreso del contrato colectivo.
  • Los representantes sindicales y/o empleadores difundieron información falsa con el objeto de influir en la votación.
  • Se excluyeron a trabajadores del listado de votantes cuando tenían derecho a votar en la consulta.
  • Personas ajenas al sindicato estuvieron presentes en el lugar de la votación.
  • No se observó la presencia de la autoridad laboral o de un notario público en la consulta.
  • Boletas en blanco o boletas alteradas o sobrantes fueron consideradas como votos válidos.
  • No se resguardó la documentación del procedimiento de consulta.

Asimismo, detalla que las inconformidades podrán ser presentadas individual o colectivamente, acompañadas de la mayor cantidad de pruebas.

La STPS solicitará al sindicato y al patrón las manifestaciones y pruebas que consideren pertinentes.

La inconformidad será un elemento de valoración para determinar si se emite la constancia de legitimación o se declara nulo el procedimiento.


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