Pide Geo Zapata sancionar uso de IA para crear contenido íntimo
El día de hoy, la diputada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Georgina Zapata, presentó una iniciativa con carácter de decreto, con la finalidad de adicionar un artículo al Codigo Penal del Estado de Chihuahua, a fin de sancionar a quien haga uso de la inteligencia artificial para compatir contenido sexual.
Por: Redacción 26 Septiembre 2023 11:49
En la exposición de motivos, Zapata Lucero, destacó que la inteligencia artificial es un campo de la informática que se enfoca en crear sistemas y programas que pueden realizar tareas que requieren inteligencia humana, como el aprendizaje, la resolución de problemas y la toma de decisiones.
Además, dijo que la inteligencia artificial está revolucionando al mundo con un gran abanico de oportunidades para hacer nuestra vida más fácil, sin embargo, esta tecnología también tiene un lado oscuro. En las últimas semanas ha conmocionado al mundo el nuevo uso que se le ha dado a la inteligencia artificial: la creación y proliferación de imágenes sexuales falsas hechas con estas herramientas.
Añadió que “la manipulación de imágenes y videos afectan la intimidad de las mujeres no sólo son una invasión flagrante de la privacidad, sino que también representan una forma de violencia de género, y violencia digital en contra de las mujeres que puede tener consecuencias devastadoras en la vida de las víctimas”.
Ante esto, la diputada puso a consideración lo siguiente:
**DECRETO**
ARTÍCULO PRIMERO.- Se adiciona el artículo 180 Ter al Código Penal del Estado de Chihuahua, quedando de la siguiente manera:
Artículo 180 Ter. Quien haga uso de la inteligencia artificial para crear, exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, sin su consentimiento, a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico se le impondrá de uno a siete años de prisión y de cien a quinientos días de multa.
Para efectos del párrafo anterior, se entenderá por Inteligencia artificial las aplicaciones, programas o tecnología que analice fotografías, audios o videos, y ofrece ajustes automáticos para hacerles alteraciones y/o modificaciones.
Las penas a que se refiere el presente artículo, se aumentarán en una mitad cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de catorce años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho.





