¿Qué dice el decreto federal sobre regreso de actividades laborales?
El decreto federal sobre el regreso a las actividades laborales dicta que empresas esenciales comenzarán a trabajar desde el 1 de junio, pero deberán preparar y presentar procotolos de higiene durante mayo
Por: Redacción 17 Mayo 2020 11:57
El decreto federal que reactiva las actividades laborales tras su suspensión por la emergencia del coronavirus establece un sistema de semaforización para el regreso paulatino por categoría. Este semáforo será divulgado a partir del 1 de junio.
4.- A partir del 1 de junio de 2020 la @SSalud_mx definirá un semáforo semanal para cada entidad federativa. Cada color permitirá ciertas actividades económicas, educativas y sociales con niveles de intensidad específicos.
— Consejo de Salubridad General (@DeSalubridad) May 12, 2020
Decreta que las actividades de las industrias de la construcción, la minería y la fabricación de equipo de transporte serán consideradas como actividades esenciales. Por ello, estas industrias y las demás ya consideradas esenciales regresarán a laborar a partir del 1 de junio.
Sin embargo, el acuerdo especifíca que del 18 al 31 de mayo deberán determinar y presentar protocolos de higiene y salubridad antes de comenzar a laborar. Los protocolos deberán abarcar la capacitación de personal de seguridad, readecuación de espacios y procesos productivos, así como filtros de ingreso, sanitización e higiene.
Detalla que la presentación, aplicación y aprobación de dichos protocolos podrá ser al mismo tiempo que la preparación para la reapertura, cuyo periodo es entre el 18 y 31 de mayo.





