El SAT puede multar a quienes no revisen su buzón tributario
Ahora el SAT podrá multar a los contribuyentes omisos que no revisen su buzón tributario con sanciones hasta de nueve mil pesos.
Por: Redacción 09 Enero 2020 15:53
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede multar a los contribuyentes con 3 a más de 9 mil pesos en caso de ser omisos en la consulta del buzón tributario.
El mecanismo de sanción busca incentivar la participación de la ciudadanía y hacerlo de manera constante, mediante la revisión de los buzones, para cumplimentar sus obligaciones fiscales.
De acuerdo con las modificaciones en el artículo 86-C y D del Código Fiscal de la Federación, que entraron en vigor el primer día de este año, es una infracción no habilitar el buzón tributario y quien cometa esta falta se le impondrá una multa.
Los montos de la sanción, previstos por las modificaciones del 8 de noviembre del año pasado, van de 3 mil 080 a 9 mil 250 pesos.
Los límites de consulta del buzón, son los tres días siguientes a la recepción de un aviso electrónico emitido por el SAT. “La autoridad enviará por única ocasión, mediante el mecanismo elegido, un aviso de confirmación que servirá para corroborar la autenticidad y correcto funcionamiento de éste”, destaca el artículo 17-K del Código.





