Soplale: Senado reduce 50% tolerancia en alcoholímetro

El Senado de la República aprobó  bajar de .050 a 0.25 miligramos por litro de aire en el alcoholímetro la tolerancia para los conductores que decidan tomar y manejar sin tener una sanción monetaria o detención.

Por: Redacción 06 Abril 2022 07:59

Es decir que a partir de que entre en vigor la ley la denominación de “aliento alcohólico” será de .001 a .025 miligramos por litro de aire, lo que significa una reducción del 50%.

Por lo tanto quedará prohibido conducir con una alcoholemia superior a .025 para los conductores de vehículos particulares, de .01 para los motociclistas y para los doctores de vehículos de pasajero o carga no existe tolerancia.

Este ordenamiento fue regulado en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial el cual obligará a todos los leyes y reglamentos de los estados y municipios a su modificación para armonizarla.

 

En Chihuahua la Ley General de Vialidad y Tránsito estipula en su articulo 49:

Ninguna persona podrá conducir, manejar o maniobrar vehículos con una cantidad de alcohol en aire expirado superior a los .050 miligramos por litro; los conductores del transporte público deberán conducir, manejar o maniobrar vehículos, libres de cualquier cantidad de alcohol. 

Los estados de ebriedad se clasifican de la siguiente manera: 

a) Aliento Alcohólico: De .001 a .050 % BAC (Miligramos por litro de concentración de alcohol en sangre); 

b) Primer Grado de Intoxicación Alcohólica: De .051 a .139 % BAC (Miligramos por litro de concentración de alcohol en sangre);

c) Segundo Grado de Intoxicación Alcohólica: De .140 a .229 % BAC (Miligramos por litro de concentración de alcohol en sangre); 

d) Tercer Grado de Intoxicación Alcohólica: A partir de .230 % BAC (Miligramos por litro de concentración de alcohol en sangre).

 

 


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