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Aspectos clave del SAT que te conviene saber

* Depósitos grandes a mi cuenta no son recomendables

* Cobro en efectivo para el SAT

* ¿Qué es la Constancia de Situación Fiscal?

* ¿Para qué sirve la Firma Electrónica?

 

Por: Redacción 30 Agosto 2025 07:56

Por Marcela Gardea García.

Existe en la actualidad mucha información que considero básica e indispensable y que cualquier adulto debería conocer sin importar su profesión u oficio, por lo que, a continuación, les comparto algunas de las preguntas más frecuentes que tienen algunas personas en su día a día, por si la información que se desprende de las respuestas les puede llegar a ser útil.

  1. ¿Qué pasa si deposito dinero en efectivo en mi cuenta bancaria?

No es recomendable depositar frecuentemente dinero en efectivo en tus cuentas bancarias salvo que sea con motivo de pagos por tu actividad económica y para ello cuentes con un comprobante fiscal que ampare la operación y esté debidamente declarado el ingreso.

De otra forma, debes saber que los bancos tienen obligación de informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando tus depósitos en efectivo exceden la cantidad de $15,000.00 pesos mensuales, y por ende, a menos que puedas comprobar fehacientemente el origen del depósito en efectivo (lo cual se vuelve sumamente complicado), al ser un incremento en tu patrimonio, se considera ingreso por el cual se debe pagar el impuesto sobre la renta (ISR) e incluso se puede llegar a considerar que dicho dinero proviene de alguna actividad ilícita si no puedes demostrar de dónde proviene.

  1. ¿Se puede tener una cuenta bancaria fiscal para percibir los ingresos de mi actividad económica y una cuenta bancaria no fiscal para realizar los movimientos personales?

No existen las cuentas bancarias no fiscales ya que todas las cuentas bancarias abiertas a tu nombre o al de tu empresa, sin importar el banco que sea, son fiscalizables para el SAT, por ende, pensar que manejar cuentas distintas para que no formen parte de los ingresos por los que se deba pagar impuestos es una creencia errónea, ya que todos los ingresos que percibas en cualquier cuenta bancaria, deben declararse para efectos del pago de impuestos, con excepción de aquéllos que sean exentos y que puedas comprobarlo.

Incluso debes saber que todos los bancos de México son vigilados por la Comisión Nacional Bancaria de Valores, quien tiene la obligación de informar al SAT de todas las cuentas bancarias abiertas a nombre de una persona física o moral, incluidas las de inversión y de crédito, en caso de que así se lo solicite.

  1. Si cobro en efectivo por mi actividad económica, dado que no existen depósitos ni ingresos en mis cuentas bancarias de débito ¿tengo riesgo de que el SAT detecte que estoy omitiendo la declaración de ingresos?

Sí, aun cuando pienses que tus ingresos no son rastreables por el SAT porque no los percibes en tus cuentas bancarias, pudieran ser detectados por el SAT ya que, si efectúas pagos a tarjetas de crédito, a cualquier tipo de servicios o compras vehículos, inmuebles, etc., te ubicarás en lo que se denomina una discrepancia fiscal, esto es cuando tienes más gastos que ingresos declarados.

Cuando el SAT detecta una discrepancia fiscal, legalmente puede determinar que los gastos que superen el importe de tus ingresos declarados, también son ingresos, y no olvides que el uso de efectivo es cada vez menos frecuente.

  1. ¿Qué es la Constancia de Situación Fiscal (CSF) y para qué sirve?

Es un documento que expide el SAT con la información fiscal de cada contribuyente, lo cual permite constatar que la persona física o moral está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y conocer sus principales datos fiscales como el domicilio fiscal, régimen fiscal, tipo de actividad, etc.

Últimamente esta Constancia la solicita la persona o empresa que va a expedirte una factura, ya que, para poder emitir dicho Comprobante Fiscal, deben coincidir los datos que tienes manifestados ante el padrón del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con los que le proporcionaste.

También puede ser que la soliciten si enajenas bienes inmuebles o cuando tengan obligación de retenerte algún impuesto o incluso es común que la pidan cuando vas a realizar algún trámite, por lo que sugiero que cuentes con ella si usualmente realizas este tipo de actividades.

La puedes obtener del Portal del SAT de varias formas, con tu Firma Electrónica o tu Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), realizando un procedimiento denominado SAT ID que consiste en enviar tus datos y un video para verificar que es el propietario de la constancia el que la solicita, o bien acudiendo a las oficinas del SAT sin previa cita.

  1. ¿Qué es y para qué sirve la Firma Electrónica?

Realmente el nombre actual es e.firma, sin embargo, anteriormente tenía se denominaba firma electrónica avanzada o FIEL, la cual consta de un archivo digital que funciona como tu firma autógrafa en el mundo electrónico, garantizando tu identidad. Sirve para firmar y realizar trámites ante el SAT como la presentación de la declaración anual o la solicitud de devolución de impuestos, aunque también sirve para firmar documentos digitales ante otras dependencias, incluso para firmar demandas que se promuevan ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o ante el Poder Judicial de la Federación. 

Su vigencia es de cuatro años y es muy recomendable contar con ella y renovarla cada que sea necesario, así como ser muy cuidadoso con el resguardo de dicho archivo y no compartirlo con nadie ya que quien tenga ese archivo, podrá firmar documentos digitales o realizar numerosos trámites con la misma validez de tu firma autógrafa.

Por último, considero necesario comentar que aun cuando en este año el Portal del SAT fue modificado en cuanto a su estructura, realmente es amigable y tiene un apartado de Preguntas Frecuentes e incluso cuenta con un chat de orientación, por lo que en caso de duda respecto de trámites fiscales o cualquier otro tema relacionado con el SAT, puedes hacer uso de esa herramienta, y cuando tus preguntas sean más precisas, específicas o especializadas, no dudes en consultar al profesional en esta materia que sea de tu confianza para evitar malas prácticas o incurrir en incumplimiento de obligaciones fiscales.

Este artículo fue elaborado por la Lic. Marcela Gardea García, integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales A.C., refleja su opinión.

 


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