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Vea aquí cómo se elige al presidente del TSJ

Este miércoles, el pleno del Tribunal Superior de Justicia sesionará para elegir a nuevo presidente tras la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por: Redaccion 04 Abril 2018 11:21

Ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró como inconstitucional la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial que destituyó a Gabriel Sepúlveda como presidente, así como la asignación de Julio César Jiménez Castro como su reemplazo. Por ello, Jiménez Castro fue destituido como presidente.

Además, la Corte ordenó que el pleno de Tribunal Superior de Justicia realice una votación para elegir a un nuevo presidente.

De acuerdo con el Capítulo Tercero de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el magistrado que sea elegido como presidente deberá contar con el voto de las dos terceras partes del pleno.

Asimismo, uno de los requisitos es haberse desempeñado como magistrado por un lapso mínimo de cinco años.

El Capítulo tercero, sobre la designación del presidente del Tribunal Superior de Justicia, dice que:

ARTÍCULO 44. La o el Presidente del Tribunal Superior de Justicia lo será también del Pleno y no integrará sala. Durará en su encargo tres años, pudiendo ser reelecto para el periodo inmediato siguiente, por una ocasión. Su elección se hará de entre las o los magistrados, por el voto de las dos terceras partes de las y los integrantes presentes del Pleno.

Para ser elegida Presidenta o Presidente se requiere haber desempeñado el cargo de magistrada o magistrado durante un periodo mínimo de cinco años ininterrumpidos. Lapso, el inmediato anterior, cuya computación se hará a partir de que la o el magistrado haya sido nombrado, de manera definitiva, por el Congreso del Estado. Para los efectos de este cómputo, la reelección no implica un nuevo nombramiento sino la prolongación del nombramiento definitivo.

El día de la elección y hasta antes de que se conozca el resultado de la misma, la Presidencia se ejercerá interinamente por la o el magistrado de más antigüedad en el cargo.

En caso de que ninguna magistrada o magistrado alcance las dos terceras partes de los votos, se realizará una segunda votación entre los dos candidatos que obtuvieron más votación. Si ninguno de ellos obtiene las dos terceras partes, se elegirá Presidenta o Presidente a quien tenga mayor antigüedad en el cargo y, en igualdad de condiciones a quien sea de mayor edad.


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