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Chihuahua, pendiente de armonizar reforma contra reelección: Estrada

El Congreso de Chihuahua no ha armonizado nueve reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluida la que prohibe la reelección consecutiva, según precisó el diputado Cuauhtémoc Estrada Sotelo, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena.

Por: Rubén Eduardo Silva Lara 01 Octubre 2025 10:34

En medio de su conferencia de prensa semanal, que se llevó a cabo en la Sala de Juntas de la bancada, el legislador informó que, de las 21 modificaciones a la Constitución Federal que se han aprobado en el primer año de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, sólo dos se han adecuado en el ámbito local. 

Éstas corresponden a la protección, trato adecuado y conservación de animales, así como a la Reforma Judicial de 2024 que promovieron Andrés Manuel López Obrador y Sheinbaum Pardo, que por primera vez en la historia de México sometió a elección popular la elección popular de jueces, ministros y magistrados

Del restante —detalló— diez no requirieron armonización, de forma que entran en vigor de forma directa en las entidades federativas, sin necesidad de que actúe la diputación. En contraparte, hizo énfasis en que nueve permanecen pendientes. 

«Nueve pendientes. Yo entiendo que son muchas. Si me pregunta las razones, pues no las podría a lo mejor explicar con detalle. Pero me parece que con independencia de ello […] que nos lleva a la reflexión y nos obliga como Congreso y también como diputados y diputadas y como bancada a sacar los pendientes de esas nueve», dijo. 

Destaca también la reforma que entró en vigor el miércoles 2 de abril, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y que reforma y adiciona los artículos 55, 59, 82, 116 y 122 de la Constitución Federal en materia de no reelección y nepotismo electoral. 

Prohíbe la reelección inmediata en la Constitución Política para los cargos de diputaciones, senadurías, Presidencia de la República, gubernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías.

Los senadores y diputados suplentes podrán ser electas para el período inmediato con el carácter de propietarias, siempre que no hubieren estado en ejercicio; pero las personas propietarias no podrán ser electas para el período inmediato con el carácter de suplentes.


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