Falso que permitan navajas cortas; explican por qué podrían detenerte

La Policía Municipal podría detenerte si portas objetos prohibidos en la vía pública, entre ellos están las navajas o cuchillos, sin importar el tamaño de la hoja. La Coordinadora de Juzgados Cívicos de Chihuahua explicó por qué.
Por: Redacción 07 Julio 2023 17:27
Video | Así lo explicó Sharon Antillón.
En entrevista para tiempo.com.mx, Sharon Antillón, coordinadora Ejecutiva de Juzgados Cívicos, explicó cómo son los casos de detenidos por portar ciertos objetos en la vía pública en Chihuahua capital.
Declaró que “está prohibido portar objetos peligrosos en la vía pública, como armas blancas, armas de fuego, artefactos explosivos caseros, petardos y otros elementos similares”, lo cual contempla el Reglamento de Justicia Cívica de Chihuahua que establece cuáles son las infracciones por las cuales puede detenerte un policía municipal.
No importa si son navajas cortas.
Sobre el rumor difundido popularmente diciendo que está permitido portar navajas de menos de once centímetros de hoja, confirmó la funcionaria de la Dirección de Seguridad Pública Municipal que es falso, pues no hay un tamaño permitido o especificado en el reglamento, sino más bien la intención y el acto.
“El reglamento no lo contempla (el tamaño de la hoja u objeto). El elemento (policía) al realizar su detención determina el hecho porque es a quien le consta la conducta del sujeto”.
“Él lo presenta al centro de detención y lo remite por la falta administrativa que consideró, que es la conducta tipificada en el reglamento. En este caso sería el supuesto de objetos que causen pánico a la ciudadanía”.
“En el supuesto que la persona portara una navaja o un desarmador, habría también en la audiencia que se acredite que la detención estuvo motivada por el hecho que manifiesta el elemento, el policía”.
Es decir, el fiscal que representa al policía explica ante el juez cívico el motivo de la detención.
Y puso un ejemplo:
- “Muchos de los casos -es una pregunta recurrente del ciudadano- es decir: ‘Si yo entro a una ferretería y compro un desarmador, y no lo traigo envuelto, voy caminando con él ¿corro el riesgo de ser detenido?’ La respuesta que yo podría decir es ‘sí’, porque ahí va a pesar mucho la apreciación que tenga el oficial preventivo. Desconoce por qué lo va portando, por qué lo va exhibiendo”.
“¿Qué horas son del día? No es lo mismo portar un desarmador a las 12:00, mediodía, que a las 3:00 de la madrugada”, que pueden motivar a una detención.
Describe que “los jueces tenemos que valorar los elementos. Si se acredita en la defensa del probable infractor que simplemente compró un objeto -aunque sea punzocortante o punzopenetrante-, su intencionalidad jamás fue lesionar a nadie ni provocar pánico, entonces podemos favorecerlo en nuestra resolución” y liberarlo.
“El juez puede apercibirlo, hacerle observaciones en la audiencia. Si usted portaba un objeto que provocaba miedo aunque no fuera su intencionalidad, hay que ser cuidadoso en ese aspecto. Si no se es prudente”.
Armas falsas.
“Los objetos de utilería no son arma como tal. (Por) objetos que emulan un arma de fuego, tenemos varias detenciones por ello si hay presunción que la persona quería provocar intimidación o miedo”.
“Muchos infractores portan objetos hechizos, de materiales como madera y la intención era llevar a cabo un delito”.