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Evalúan sancionar más conductas irregulares en ganadería

La Comisión de Justicia y la Comisión de Desarrollo Rural evaluó esta mañana la posibilidad de incorporar más conductas irregulares dentro de la iniciativa que aumenta a las penas a quienes con dolo ingresen y comercialicen reses enfermas y productos infectados. 

Por: Rubén Eduardo Silva Lara 27 Junio 2025 12:27

Jesús Armando Reta Mar, subdelegado de Planeación y Desarrollo Rural, propuso que la modificación de Ley castigue también a quienes simulen hatos con la finalidad de obtener beneficio de los incrementos e ingresen así a Chihuahua ganado de otros estados o regiones no certificado para la exportación.

Sugirió también aplicar una sanción en contra de quienes pongan en riesgo el estatus zoosanitario de la entidad federativa al hacer mal uso de los identificadores del Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado (SINIIGA) y al falsificar información respecto a la procedencia de los animales, el sexo, animal, raza, entre otros .

Reta Mar advirtió sobre la necesidad de que la iniciativa, que impulsó el diputado Arturo Medina Aguirre, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), reconozca al Comité de Origen y Trazabilidad (COT) y genere el reglamento correspondiente, además de que obligue al registro de ganado muerto.

En la actualidad —dijo— existen ganaderos que no reportan estos hechos a cambio de conservar un beneficio. «Hay gente que le sube o le baja según le convenga. Entonces, independientemente de que no hay la cultura de informar cuando un animal muere, muchas veces aprovechan eso».

El contenido actual de la iniciativa reforma diversas disposiciones del Código Penal y la Ley de Ganadería. Establece una pena de entre 4 y 8 años, así como una multa de entre mil y 10 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre $113 mil 140 y $1 millón 131 mil 400 pesos, a quien «con conocimiento o debiendo razonablemente preverlo» ponga en venta o exporte hato ganadero con enfermedades transmisibles o sujetas a control sanitario obligatorio.

Si el padecimiento representa un peligro para la salud humana o para el equilibrio ecológico, la pena subirá hasta en una tercera parte. El responsable además será objeto a la suspensión de sus derechos de comercio pecuario cuando la actividad sea realizada como parte del ámbito profesional de ganadería o transporte de animales.

La iniciativa contempla también una condena de 2 a 5 años de prisión, así como una multa de entre mil a 10 mil veces el valor diario de la UMA, es decir, entre $113 mil 140 y $565 mil pesos, a quien distribuya con fines comerciales productos agrícolas, frutícolas o sus derivados «que estén contaminados con plagas, enfermedades o agentes patógenos que representen un riesgo de propagación».


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