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¿Qué es enriquecimiento oculto por el cual inhabilitaron a Corral?

El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Chihuahua (TEJA) sentenció al senador Javier Corral por “enriquecimiento oculto” con inhabilitación de un año. ¿De qué trata? Aquí los detalles.

Por: Redacción 28 Septiembre 2024 10:24

La Cuarta Sala Especializada del TEJA inhabilitó a Corral al determinar que cometió “enriquecimiento ilícito” durante su administración como gobernador del Estado de Chihuahua.

Determinó inhabilitarlo un año, tiempo durante el cual no podrá ocupar cargos de gobierno ni participar en contrataciones públicas u otros procedimientos de esta índole con cualquier gobierno.

¿Qué es el enriquecimiento oculto?

De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, a través de la cual juzgó el TEJA al exmandatario, el enriquecimiento oculto es una “falta administrativa grave de los servidores públicos”.

El artículo 60 de la ley establece:

“Incurrirá en enriquecimiento oculto u ocultamiento de Conflicto de Interés el servidor público que falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses, que tenga como fin ocultar, respectivamente, el incremento en su patrimonio o el uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un Conflicto de Interés”.

Cabe mencionar que el enriquecimiento oculto no es un delito, el senador cuenta con fuero y no podría ser procesado penalmente. Se trata de una infracción administrativa grave que se sanciona por la vía administrativa con base en la ley citada arriba.

Sentencia del TEJA.

La sanción ocurre al terminar la responsabilidad de Javier Corral por la acusación de haber ocultado la compra de un terreno en Ciudad Juárez en 2019 que no incluyó en su declaración patrimonial, conducta que determinó el TEJA como una falta sancionable por el artículo 60 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

La denuncia administrativa la interpuso el exdiputado del PRI, Oma Bazán Flores, ante la Secretaría de la Función Pública (SFP), por el terreno que compró el exmandatario contiguo a su vivienda para usarlo con fines de área recreativa.

La SFP turnó el caso al TEJA por su magnitud y en el tribunal resolvieron que no se pudo determinar con qué dinero el entonces gobernador compró la propiedad ni cómo lo hizo, entre otros detalles, emitiendo como resultado la condena de inhabilitación.

Javier Corral Jurado puede apelar para revisar y hasta buscar la revocación de la sentencia en distintas instancias.

 


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