La Corte valida ley de revocación de mandato en Chihuahua

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de las disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua relacionadas con la revocación de mandato, al considerar que se ajustan al procedimiento legislativo y respeta la Constitución Federal.
Por: Redacción 25 Junio 2025 11:42
Reglas relevantes de la revocación:
-La solicitud debe de contener la firma del 10% de la lista nominal de Chihuahua, (280 mil aproximadamente)
-Debe de participar el día de la revocación el 40% de la población para que tenga efectos legales
El Pleno resolvió que, aunque la Ley Orgánica del Congreso local establece la obligación de realizar ejercicios de parlamento abierto, su omisión no invalida las reformas aprobadas, dado que estas derivan de un mandato de armonización constitucional.
La reforma federal en materia de consulta popular y revocación de mandato fue publicada el 20 de diciembre de 2019 y estableció en su artículo sexto transitorio que las entidades federativas debían adecuar su legislación en un plazo de 18 meses. En el caso de Chihuahua, que ya contemplaba la figura, las reformas respondieron a esa obligación de armonización.
La Corte subrayó que, tratándose de armonización constitucional, las legislaturas estatales no tienen libertad de configuración como en otros casos, sino que deben reproducir los principios y lineamientos de la Constitución para garantizar coherencia normativa y la efectividad de los derechos fundamentales.
La decisión se dio al resolver la acción de inconstitucionalidad 163/2024, promovida por integrantes del Congreso del Estado de Chihuahua contra los artículos 32, 54, 57 fracción I y 60 de la Ley de Participación Ciudadana, reformados por el decreto publicado el 31 de agosto de 2024. La resolución fue emitida el 24 de junio de 2025.