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Nada de aceptar “regalitos”: Municipio activa política antisoborno

El Gobierno Municipal de Chihuahua publicó este 26 de febrero la ‘Política Anticorrupción’ dirigida a sus funcionarios, en el marco de la Certificación Antisoborno recién recibida.

Por: Redacción 26 Febrero 2024 18:23

Comenzó el Municipio a ‘leer la cartilla’ de las obligaciones que tienen como funcionarios a través del documento emitido por la Dirección del Órgano Interno de Control (OIC) del Municipio, el cual fue actualizado luego de recibir la certificación ISO:37001/2016 antisoborno.

Expone la visión general, aprobada por el alcalde Marco Bonilla, donde los funcionarios deben conocer las definiciones legales de corrupción y las actividades permitidas o no; así como también detectar riesgos de sobornos.

Otros puntos principales de la Política Anticorrupción del Municipio de Chihuahua son el código de ética y conducta; la definición de conflicto de interés; la mejora continua de las prácticas; y el Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS).

Conflicto de interés.

El documento expone qué es un conflicto de interés, donde una persona tiene “situaciones donde se enfrenta a elegir entre los deberes y exigencias de su cargo y sus intereses personales, laborales, familiares o de negocios”.

Por ello pide el OIC a través de la Política a los servidores públicos “abstenerse o excusarse” de “intervenir en trámites, atención o asuntos en materia de adquisiciones, obra pública y enajenación de bienes cuando tenga conflicto de interés”.

Regalitos.

En el punto ‘b’ de política particulares advierte que los funcionarios municipales “deberán conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios, o regalos de cualquier persona u organización”.

Luego refiere que “en ningún caso y en ninguna circunstancia, un obsequio puede ser o pretender ser un soborno”.

Expande el concepto de obsequio refiriendo -además de las mencionadas- las “ventajas personales, dinero o valores, donaciones, servicios, empleos, bienes muebles o inmuebles, reserva y disfrute de espacios públicos o de administración pública con fines particulares”.

“Así como uso de membresías, pases, boletos o cortesías ofrecidos por terceros para acudir a algún evento”.

Incluidos pareja, familia y socios en la prohibición.

“O recibir un servicio de manera personal o privada sin costo, o incluso mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que se tenga en el mercado”.

También advierte cuando estos obsequios o beneficios no son para el funcionario mismo sino su “cónyuge, concubino, conviviente, parientes consanguíneos y por afinidad, o para terceras personas con las que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios; o para socios o sociedades de las que las personas servidoras públicas o las personas antes referidas formen parte”.

Hospitalidad y gastos de representación.

Luego expone que también hay riesgo cuando haya “hospitalidad y gastos de representación” que se refieren a “alimentación, viáticos, hospedaje y entretenimiento” con “una relación directa con la función que desempeña en las comisiones temporales” donde el funcionario tenga que viajar, esto debido a que los gastos de viáticos deben ser cubiertos por conforme las normas del Municipio.

En un caso particular podrán debatirla en el Comité de Ética y Conducta.

Premios dentro de Municipio.

Para que los funcionarios puedan recibir algún premio, estímulo o recompensa en la dependencia o entidad para la que trabajan, debe ser a través de los términos establecidos en las Condiciones Generales de Trabajo entre el Municipio de Chihuahua y los Trabajadores a su Servicio.

El documento también contempla cómo tesorería y Oficialía Mayor vigilan los bienes en posesión del Municipio, también el tema de transparencia y los procesos a seguir a detalle.

Consecuencias.

Las que dispongan las leyes, que aplican no sólo para los servidores públicos sino para los privados que incurran en actos de soborno o corrupción.

Las consecuencias van de lo administrativo -como multa o inhabilitación- hasta lo que consideren los códigos penales.

Fue autorizado por el alcalde Marco Bonilla, la entonces titular del Órgano Interno de Control, Mariana de Lachica Huerta y la titular del Área de Auditoría, Control y Evaluación, Eunice Méndez Tarango.

 

 

Video | Así explicaron la política antisoborno la Oficial Mayor, Marcela Piedra y la entonces titular del Órgano Interno de Control, Mariana De Lachica.


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